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Urgente: estos avisos del RESICO vencen en enero

Urgente: estos avisos del RESICO vencen en enero



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Fecha: 01/02/2023 Por: Redacción

Hoy 31 de de enero de 2023 vencen una serie de avisos importantes para el cumplimiento de obligaciones fiscales

Con la promesa de facilitar el pago de impuestos y sumar más contribuyentes, en 2022 empezó a operar el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) del Servicio de Administración Tributaria.

Sin embargo, un año después de su creación el nuevo régimen no ha resultado atractivo para los contribuyentes, entre otras razones por la falta difusión de sus beneficios y la falta de incentivos para migrar, de acuerdo con especialistas.

Para aclarar y corregir algunas reglas relacionadas con el RESICO, en la Resolución Miscelánea Fiscal para 2023 (RMF) se presentaron múltiples cambios.

Entre los cambios están:

Dar de baja del RESICO a los contribuyentes que incumplan con la declaración anual de 2022, un mes posterior a la fecha límite.Eximir a las personas físicas del RESICO de presentar pagos provisionales cuando sus ingresos no superen los 3.5 millones de pesos, siempre que emitan facturas de sus operaciones.Extensión del plazo para facturación sin e.firma a través de la página de internet del SAT hasta marzo de 2023.

Plazo límite para la habilitación del buzón hasta el 31 de marzo de 2023.

Con la promesa de facilitar el pago de impuestos y sumar más contribuyentes, en 2022 empezó a operar el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) del Servicio de Administración Tributaria.

Sin embargo, un año después de su creación el nuevo régimen no ha resultado atractivo para los contribuyentes, entre otras razones por la falta difusión de sus beneficios y la falta de incentivos para migrar, de acuerdo con especialistas.

Para aclarar y corregir algunas reglas relacionadas con el RESICO, en la Resolución Miscelánea Fiscal para 2023 (RMF) se presentaron múltiples cambios.

Entre los cambios están:

Dar de baja del RESICO a los contribuyentes que incumplan con la declaración anual de 2022, un mes posterior a la fecha límite.Eximir a las personas físicas del RESICO de presentar pagos provisionales cuando sus ingresos no superen los 3.5 millones de pesos, siempre que emitan facturas de sus operaciones.Extensión del plazo para facturación sin e.firma a través de la página de internet del SAT hasta marzo de 2023.

Plazo límite para la habilitación del buzón hasta el 31 de marzo de 2023.

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